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martes, 19 de abril de 2016

CE3Xv2.1

Versión 2.1 de CE3X
Captura del sitio web de Efinova

Versión 2.1 de CE3X

Adaptación de la herramienta a la normativa actual


La versión actual del programa CE3X es la CE3Xv2.1, y se ofrece para su descarga desde http://www.efinova.es/CE3X. Esta versión es el resultado de la adaptación de la herramienta a la última revisión del Documento Básico de Ahorro de Energía (DB HE).

Normativa vigente

En esta versión, los periodos para indicar la normativa vigente en las fechas de la construcción del inmueble son los siguientes:
  • anterior a la entrada en vigor de la NBE CT-79 (antes de 1981)
  • durante la vigencia de la NBE CT-79 (1981-2007)
  • durante la vigencia de la versión anterior del DB HE1 (2007-2014)
  • tras la entrada en vigor de la versión actual del DB HE1 (después de 2014).

Guardar y cargar cerramientos

En la Librería de cerramientos se muestra un botón “Guardar cerramiento”, que permite almacenarlo en el archivo bbdd.dat, con lo que se puede utilizar en cualquier certificación, y otro para “Cargar al proyecto”, que lo almacena en el archivo cex, desde no puede transferirse a la librería.

Tipos de combustible

Los tipos de combustible que ahora se consideran son:
  • Gas Natural
  • Gasóleo-C
  • Electricidad
  • GLP (Gas Licuado del Petróleo)
  • Carbón
  • Biocarburante
  • Biomasa no densificada
  • Biomasa densificada (pellets).

Tipos de equipos de iluminación

Para la definición de los equipos de iluminación en Edificios de Pequeño y Gran Terciario, la aplicación muestra ahora los siguientes tipos:
  • Incandescentes
  • Incandescentes halógenas
  • Fluorescencia lineal de 26 mm
  • Fluorescencia lineal de 16 mm
  • Fluorescencia compacta
  • Vapor de mercurio
  • Sodio blanco
  • Halogenuros metálicos
  • Inducción
  • LED Spot (puntual, bombilla)
  • LED Tube (lineal).

Generar informes

Ahora el botón “Genera el informe del proyecto” produce dos documentos al mismo tiempo:
  • el Certificado de eficiencia energética de edificios
  • los Informes descriptivos de las medidas de mejora, uno por cada conjunto de medidas.

Para cada conjunto de medidas de mejora, el informe descriptivo compara las características de la envolvente y de las instalaciones con la medida de mejora aplicada. Consta de los siguientes apartados:
  • Denominación de la medida
  • Descripción
  • Análisis técnico
  • Envolvente térmica
  • Instalaciones térmicas
  • Energías renovables.

Archivo XML

CE3Xv2.1 incorpora ahora un botón XML que permite generar un archivo xml que se guarda en la ubicación que el archivo cex. El técnico debe enviar ese archivo junto con el resto de la documentación necesaria para el registro de la certificación.
Certificados energéticos

domingo, 23 de agosto de 2015

Honorarios de SEGIPSA para certificados energéticos


Arquitecto Daniel Trujillano
http://www.arquitectotrujillano.com/certificacion-energetica/home.html
Redacción de Certificados energéticos en España

viernes, 14 de agosto de 2015

Nuevas tablas de honorarios de SEGIPSA (III)


Nuevas tarifas de SEGIPSA (III)

Auditoría y certificación energética de bienes inmuebles


Para el servicio profesional de auditoría y certificación energética de bienes inmuebles, la resolución del 11/05/2015 establece unos honorarios que oscilan entre los 1.770 euros que corresponden a inmuebles cuya superficie no supera los 250 metros cuadrados, y los 7.075 euros que corresponden a inmuebles en los que la superficie supera los 10.000 metros cuadrados. Además establece los siguientes tipos de descuentos:
  • para unidades similares: entre un 20 y un 40 %, siempre que la ubicación de las unidades similares se encuentre dentro de un radio de 5 kilómetros
  • por volumen: entre un 5 y un 15 %, siempre que las unidades se ubiquen dentro de la misma ciudad.
Sólo se puede acceder a uno de los tipos de descuentos, no se pueden acumular. La tarifa tiene vigencia en todo el territorio nacional. Se exige que el servicio incluya el aporte de la documentación necesaria para el análisis previo, entre la que se incluye:
  • el nombre del edificio
  • la dirección completa
  • la referencia catastral
  • el año de construcción
  • la superficie útil habitable
  • la intensidad de uso
  • la relación de consumos de los dos últimos años.
Las tarifas corresponden exclusivamente a la emisión de la certificación, no se incluye la gestión de la misma ante la administración competente ni las tasas que tal gestión implique. Si se encarga la gestión del registro ante la autoridad competente, los honorarios tendrán un incremento de 20 euros por cada certificación registrada.
Certificados energéticos














Arquitecto Daniel Trujillano


jueves, 13 de agosto de 2015

Nuevas tablas de honorarios de SEGIPSA (II)

Nuevas tarifas de SEGIPSA (II)

Certificación energética con tasación


La resolución del 11 de mayo de 2015 vuelve a disponer una tarifa específica para los casos de certificación energética solicitada conjuntamente con la tasación del inmueble. También puede aplicarse en inmuebles que hayan recibido su tasación (realizada por SEGIPSA) con posterioridad al 27 de mayo de 2014. Para estos casos, los honorarios profesionales previstos oscilan entre los 108 euros que corresponden a viviendas en edificios plurifamiliares y los 206 euros que corresponden a las viviendas unifamiliares y a los inmuebles del sector pequeño terciario en los que la superficie supera los 250 metros cuadrados. Las cantidades expresadas corresponden sólo al servicio de certificación energética, por lo que se debe añadir los honorarios profesionales correspondientes al servicio de tasación, los cuales deben presupuestarse según su tarifa. De nuevo, se prevé un porcentaje de descuento del 10 % a partir de la segunda unidad similar y del 20% a partir de la 21ª unidad similar, descuentos aplicables siempre que las unidades disten entre sí menos de 5 kilómetros. El ámbito geográfico de aplicación de la tarifa abarca todo el territorio nacional. El servicio prestado debe incluir el aporte de la documentación necesaria para el análisis previo:
  • nombre del edificio
  • dirección completa
  • referencia catastral
  • año de construcción
  • superficie útil habitable
  • intensidad de uso
  • consumos de los dos últimos años.

Los honorarios que expresan las tarifas no cubren trabajos de gestión de la certificación ante la administración competente, y tampoco las tasas derivadas. La gestión del registro ante la autoridad competente se considera servicio adicional, por el cual se añade un incremento de 20 euros por certificación registrada. Si el servicio profesional se refiere a un edificio completo, la parte del servicio que corresponde a la certificación se debe presupuestar considerando la tarifa de certificación energética sin tasación, aplicando un descuento del 25% si el uso es residencial o del 10% para cualquier otro uso. Si el inmueble se halla exento de certificación por estar destinado a rehabilitación, la emisión de un documento que dé fe de tal circunstancia supone unos honorarios profesionales de 25 euros, que deberán añadirse a los honorarios que correspondan al servicio de tasación.
Certificados energéticos














Arquitecto Daniel Trujillano

viernes, 17 de enero de 2014

El Registro de Certificados de eficiencia energética en Andalucía

El Registro de Certificados energéticos en Andalucía

Presentación telemática


En la Comunidad autónoma de Andalucía, los Certificados de eficiencia energética deben presentarse en el Registro andaluz de Certificados energéticos. El trámite puede realizarse desde la Oficina virtual de la Consejería de economía, innovación, ciencia y empleo, a la cual se accede desde la URL https://www.juntadeandalucia.es/economiainnovacionyciencia/oficinavirtual/inicioSesion.do, de forma totalmente telemática o presencial con precarga. La oficina virtual ofrece acceso a la aplicación del Registro andaluz de certificados de eficiencia energética de edificios y de industrias, donde promotores y propietarios pueden presentar sus Certificados de eficiencia energética.

Delegación en el técnico

De acuerdo con el Real Decreto 235/2013, de 5 de abril, por el que se aprueba el procedimiento básico para la certificación de la eficiencia energética de los edificios, es el promotor o propietario quien debe presentar el Certificado de eficiencia energética en el órgano de la Comunidad autónoma que resulte competente. Sin embargo, en el Registro andaluz se permite que el promotor o propietario del edificio o industria autorice al técnico competente que haya suscrito el certificado para que tramite telemáticamente la solicitud de inscripción. Dicha autorización se debe formalizar mediante la presentación del Anexo II, que es un formulario accesible desde el sitio web de la Consejería de economía, innovación, ciencia y empleo, en la URL http://www.juntadeandalucia.es/organismos/economiainnovacioncienciayempleo/servicios/otros-tramites/detalle/13298.html.

Delegación en funcionario

También se concede al propietario o promotor la posibilidad de delegar en los funcionarios del Servicio de Atención al Ciudadano (SAC) de la Delegación territorial provincial de la Consejería para que presenten en su nombre, por vía telemática, la solicitud de inscripción en el Registro Andaluz de certificados de eficiencia energética de edificios y de industrias. Para esta opción, el sitio web de la Consejería de economía, innovación, ciencia y empleo ofrece un Modelo de autorización a la Consejería de economía, innovación, ciencia y empleo para la presentación por vía telemática.

Cumplimentación

La aplicación del Registro andaluz de certificados de eficiencia energética de edificios y de industrias muestra un formulario cuyos campos deben cumplimentarse con los datos de la certificación energética. También es necesario aportar los archivos generados por los programas informáticos utilizados (Calener, CE3, CE3X...), mediante la pantalla de Anexos.
Certificados de eficiencia energética de edificios













Arquitecto Daniel Trujillano