jueves, 13 de agosto de 2015

Nuevas tablas de honorarios de SEGIPSA (II)

Nuevas tarifas de SEGIPSA (II)

Certificación energética con tasación


La resolución del 11 de mayo de 2015 vuelve a disponer una tarifa específica para los casos de certificación energética solicitada conjuntamente con la tasación del inmueble. También puede aplicarse en inmuebles que hayan recibido su tasación (realizada por SEGIPSA) con posterioridad al 27 de mayo de 2014. Para estos casos, los honorarios profesionales previstos oscilan entre los 108 euros que corresponden a viviendas en edificios plurifamiliares y los 206 euros que corresponden a las viviendas unifamiliares y a los inmuebles del sector pequeño terciario en los que la superficie supera los 250 metros cuadrados. Las cantidades expresadas corresponden sólo al servicio de certificación energética, por lo que se debe añadir los honorarios profesionales correspondientes al servicio de tasación, los cuales deben presupuestarse según su tarifa. De nuevo, se prevé un porcentaje de descuento del 10 % a partir de la segunda unidad similar y del 20% a partir de la 21ª unidad similar, descuentos aplicables siempre que las unidades disten entre sí menos de 5 kilómetros. El ámbito geográfico de aplicación de la tarifa abarca todo el territorio nacional. El servicio prestado debe incluir el aporte de la documentación necesaria para el análisis previo:
  • nombre del edificio
  • dirección completa
  • referencia catastral
  • año de construcción
  • superficie útil habitable
  • intensidad de uso
  • consumos de los dos últimos años.

Los honorarios que expresan las tarifas no cubren trabajos de gestión de la certificación ante la administración competente, y tampoco las tasas derivadas. La gestión del registro ante la autoridad competente se considera servicio adicional, por el cual se añade un incremento de 20 euros por certificación registrada. Si el servicio profesional se refiere a un edificio completo, la parte del servicio que corresponde a la certificación se debe presupuestar considerando la tarifa de certificación energética sin tasación, aplicando un descuento del 25% si el uso es residencial o del 10% para cualquier otro uso. Si el inmueble se halla exento de certificación por estar destinado a rehabilitación, la emisión de un documento que dé fe de tal circunstancia supone unos honorarios profesionales de 25 euros, que deberán añadirse a los honorarios que correspondan al servicio de tasación.
Certificados energéticos














Arquitecto Daniel Trujillano

miércoles, 12 de agosto de 2015

Nuevas tablas de honorarios de SEGIPSA (I)

Nuevas tarifas de SEGIPSA (I)

Certificación energética sin tasación


El 28 de mayo de 2015 entró en vigor la Resolución de la Subsecretaría por la que se modifican diversas tarifas aplicadas por la Sociedad Estatal de Gestión Inmobiliaria de Patrimonio. La modificación se aplica a los servicios de SEGIPSA que no están sujetos a IVA. Entre las tarifas modificadas se encuentran las establecidas por la Resolución de 07/11/2013 por la que se aprobaban las tarifas aplicables en los trabajos relativos a la certificación y auditoría energética de bienes inmuebles.

Certificación energética de inmuebles sin tasación

Las nuevas tarifas establecen unos honorarios que oscilan entre los 193 euros que corresponden a inmuebles en los que la superficie no supera los 80 metros cuadrados, y los 3.416 euros que corresponden a inmuebles en los que la superficie supera los 10.000 metros cuadrados. Se establece también los siguientes porcentajes de descuento:
  • descuento por unidades similares: entre un 20 y un 40% aplicable cuando las unidades similares se ubican dentro de un radio de 5 kilómetros
  • descuento por volumen: entre un 5 y un 15% aplicable cuando la superficie supera los 1.200 metros cuadrados, cuando las unidades se ubican dentro de la misma ciudad.

El ámbito geográfico de aplicación de la tarifa abarca todo el territorio nacional. Se exige que el servicio incluya el aporte de la documentación necesaria para el análisis previo, entre la que se requiere:
  • el nombre del edificio
  • la dirección completa del inmueble
  • la referencia catastral
  • el año de construcción
  • la superficie útil habitable
  • la intensidad de uso: baja, media o alta
  • los consumos de los dos últimos años de los servicios afectados: agua, gas natural, electricidad, gasóleo, etc.

En los honorarios indicados no se incluye ningún tipo de tasas ni visados, y tampoco la inscripción ante el órgano competente de la Comunidad autónoma. En caso de encargarse la gestión de registro ante la autoridad competente, se considerará un incremento de 20 euros por cada certificación registrada.
Certificado energético














Arquitecto Daniel Trujillano
Elaboración de certificados energéticos

jueves, 9 de abril de 2015

Las medidas de mejora en CE3X

Definición de medidas de mejora con CE3X

Medidas automáticas y mejora de instalaciones


Cada Certificado de eficiencia energética debe venir acompañado de medidas recomendadas para la mejora de la eficiencia energética dentro de un marco de viabilidad coste-eficacia. La aplicación CE3X incorpora un apartado de definición del conjunto de medidas de mejora. El certificador debe seleccionar las medidas y estrategias de ahorro energético que resulten más adecuadas desde el punto de vista técnico y económico, teniendo en cuenta las circunstancias de partida. CE3X proporciona dos métodos para la definición de medidas de mejora:
  • medidas definidas por el usuario
  • medidas automáticas, generadas por la aplicación.

Las medidas de mejora automáticas

Tras el cálculo de la calificación energética, CE3X proporciona una serie de medidas de mejora que afectan tanto a la envolvente térmica del edificio como a las instalaciones de agua caliente, refrigeración, calefacción e iluminación. El certificador puede utilizar las medidas automáticas y también definir otras, combinándolas según su criterio en paquetes de medidas. CE3X calcula la reducción del consumo energético y de las emisiones de CO2 por comparación con los datos del edificio original. Además, la aplicación proporciona un análisis económico de las medidas definidas.

Mejora de instalaciones

Entre las medidas de mejora que propone CE3X se encuentran las que mejoran la eficiencia energética de las instalaciones. Dichas medidas se formulan para satisfacer el 100 por cien de cada demanda energética, de manera independiente para cada instalación. Las medidas propuestas son aplicables tanto a sistemas individuales, que satisfacen un porcentaje de la demanda energética, como a sistemas centralizados, que satisfacen el 100 por cien de la demanda. En el caso de que el edificio existente no posea instalación de calefacción o de refrigeración, la aplicación incluirá su instalación entre las medidas de mejora.
CERTIFICADOS ENERGETICOS














Daniel Trujillano, arquitecto
Elaboración de Certificados energéticos

miércoles, 8 de abril de 2015

CE3X – Fundamentos técnicos (VIII)

Fundamentos técnicos de calificación energética con CE3X (VIII)

Sistemas auxiliares de climatización


En el caso de un sistema de climatización en el que toda o parte de la demanda es suministrada por aire, es necesario conocer las características de los ventiladores que han de proporcionar el caudal de aire requerido. Para ello se debe conseguir la siguiente información, referida a cada ventilador:
  • caudal suministrado, ya sea constante o variable
  • en caso de caudal constante, consumo eléctrico real anual del ventilador o, en defecto de dicho dato, potencia eléctrica del motor y horas de funcionamiento al cabo del año
  • proporción de aire recirculado
  • en caso de caudal variable, potencia eléctrica consumida que corresponde a los distintos caudales.

Equipos de bombeo del sistema de climatización

Si la demanda del sistema de climatización se suministra por un circuito de agua o de fluido caloportador líquido, ya sea total o parcialmente, será preciso conocer las características de las bombas dispuestas para proporcionar el caudal solicitado. Se debe conocer, de cada bomba:
  • el caudal suministrado, ya sea constante o variable
  • en caso de caudal constante, el consumo eléctrico real anual o, en defecto de dicho dato, la potencia eléctrica del motor y las horas de funcionamiento al cabo del año
  • número de espacios habitables que dependen de cada bomba
  • en caso de caudal variable, potencia eléctrica consumida a distintos caudales.

Sistemas de disipación del sistema de climatización

En caso de que el sistema de climatización disponga de un sistema de disipación asociado a una máquina enfriadora (por ejemplo, una torre de refrigeración) se deberá investigar el consumo eléctrico del mismo. Si el sistema proporciona datos directos del sistema de disipación, la información será la proporcionada por dichos datos. Si no se dispone de información directa, será necesario obtener la potencia eléctrica instalada del sistema disipativo, así como el número de horas de funcionamiento al cabo del año. Si el equipo de condensación contiene ventiladores de caudal variable, se deberá definir la potencia eléctrica consumida a distintos caudales.
CERTIFICADOS ENERGETICOS















Daniel Trujillano, arquitecto
Certificados energéticos de edificios en España

martes, 7 de abril de 2015

CE3X – Fundamentos técnicos (VII)

Fundamentos técnicos de calificación energética con CE3X (VII)

Sistemas solares térmicos, de producción de energía eléctrica, de iluminación y de ventilación


Para poder asignar la contribuciones de los sistemas solares térmicos a las demandas de agua caliente sanitaria, calefacción y refrigeración, es necesario conocer la producción anual que corresponde a cada una de esas demandas. En los sistemas que poseen un sistema de adquisición de datos del sistema térmico, las contribuciones anuales pueden obtenerse relacionando la energía suministrada a la instalación al cabo del año. Cada contribución anual se expresa en términos del porcentaje de demanda que queda cubierto por el sistema.

Producción de energía eléctrica

Se considera dos tipos de equipos de generación de energía eléctrica:
  • los que aprovechan fuentes de origen renovable, como la energía solar o la energía eólica
  • los denominados de cogeneración o microcogeneración, que producen energía eléctrica mediante procesos de combustión.

La definición de sistemas de producción de energía eléctrica requiere conocer la producción eléctrica anual, expresada en kilovatios hora (kWh). Si el sistema posee un sistema de adquisición de datos, la contribución anual puede obtenerse relacionando la energía suministrada a la instalación o a la red eléctrica general al cabo del año. Si la instalación está conectada a la red eléctrica general, la producción puede obtenerse a partir de las facturas energéticas de la compañía eléctrica. La contabilización del aprovechamiento térmico del sistema debe quedar justificada.

Sistemas de iluminación

La definición de los sistemas de iluminación requiere la previa definición de la actividad que se realiza en el edificio, concretando si el sistema de iluminación desempeña una función de representación, según los términos establecidos por el DB HE3. Para cada tipología de iluminación existente en el edificio es preciso conocer:
  • la potencia eléctrica total del sistema eléctrico asociado
  • la iluminación media horizontal proporcionada.

Sistemas de ventilación

La definición de los sistemas de ventilación requiere la obtención del caudal de ventilación. En el caso de que el sistema de climatización posea recuperador de calor, se deberá investigar el rendimiento del mismo.
CERTIFICADOS ENERGETICOS















Daniel Trujillano, arquitecto
Redacción de Certificados energéticos en España